A partir del 22 de octubre de 2026, nuevas reglas de la Modalidad 40 del IMSS limitan el salario de cotización para quienes buscan incorporarse y eliminan las altas retroactivas. Los cambios también establecen trámites digitales y mantienen temporalmente las condiciones de quienes ya están inscritos.
REDACCIÓN NEWS SAN
Quienes planeaban aumentar su pensión mediante la Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tendrán que revisar sus planes. Desde el 22 de octubre de 2026 entraron en vigor nuevas disposiciones que modifican las condiciones para incorporarse a este esquema, especialmente en el salario con el que se puede cotizar y la posibilidad de cubrir periodos anteriores.
Los cambios fueron establecidos mediante un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre. De acuerdo con la información publicada por El Financiero, las medidas buscan regular el funcionamiento de esta modalidad y analizar su impacto financiero.
La Modalidad 40, conocida formalmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a determinados trabajadores que dejaron de cotizar con un patrón continuar realizando aportaciones por su cuenta para fortalecer sus derechos pensionarios.
¿Qué cambia en la Modalidad 40 del IMSS?
Uno de los ajustes más importantes está relacionado con el salario base de cotización que podrán elegir quienes soliciten una nueva incorporación.
Con las nuevas reglas, el salario se determinará tomando como referencia el último salario base de cotización registrado cuando el trabajador causó baja del régimen obligatorio. El límite podrá llegar hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), sin que sea inferior al salario mínimo general aplicable.
Antes de este cambio, los trabajadores podían elegir un salario de cotización más elevado, dentro de los límites legales, de hasta 25 UMA diarias. Esto permitía a algunos asegurados realizar aportaciones más altas para intentar mejorar el cálculo de su pensión.
Ahora, el margen para aumentar el salario dependerá del último sueldo registrado ante el Instituto.

El IMSS modificó las reglas de la Modalidad 40: las nuevas incorporaciones tendrán límites salariales y ya no podrán realizarse con efectos retroactivos.
Se terminan las nuevas altas retroactivas
Otro cambio relevante es que las nuevas incorporaciones tendrán efectos exclusivamente a partir de la fecha en que se presente la solicitud.
Esto significa que ya no se permitirá iniciar una nueva inscripción a la Modalidad 40 con una fecha anterior para cubrir retroactivamente periodos en los que la persona no estuvo asegurada bajo este esquema.
La modificación resulta importante para quienes dejaron de trabajar hace tiempo y contemplaban pagar meses anteriores para recuperar cotizaciones o preparar su estrategia de jubilación.
Por ello, quienes todavía no se incorporan deberán revisar su situación ante el IMSS y los plazos aplicables antes de tomar una decisión.
¿Qué pasa con quienes ya pagan la Modalidad 40?
El acuerdo establece que las personas que ya estaban inscritas conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.
También se reconocerán las semanas cotizadas y los salarios efectivamente pagados para el cálculo de sus futuros derechos pensionarios.
Sin embargo, esto no significa que quienes ya están inscritos tengan garantizada una renovación bajo las mismas condiciones. Si desean volver a incorporarse al terminar su periodo vigente, deberán revisar las reglas aplicables en ese momento.
¿Cómo afectan los cambios a la pensión de la Ley 73?
La modificación puede tener especial importancia para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, es decir, las personas que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
En este régimen, el cálculo de la pensión considera factores como el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas, el total de semanas acumuladas y la edad de retiro.
Por esa razón, algunas personas utilizaban la Modalidad 40 para continuar cotizando con un salario elevado durante los últimos años antes de pensionarse.
Con el nuevo límite salarial, esa estrategia podría verse restringida, especialmente para quienes tenían un último salario registrado considerablemente menor al que pretendían elegir.
No obstante, el efecto no será igual para todos: dependerá del historial laboral, las semanas acumuladas, el salario registrado y las condiciones particulares de cada asegurado.

El IMSS modificó las reglas de la Modalidad 40: las nuevas incorporaciones tendrán límites salariales y ya no podrán realizarse con efectos retroactivos.
¿Y qué sucede con quienes cotizan bajo la Ley 97?
Para los trabajadores que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, el panorama es distinto.
En este régimen, la pensión depende principalmente de los recursos acumulados en la cuenta individual administrada por una Afore y de las disposiciones aplicables al momento del retiro.
Las aportaciones realizadas mediante la Modalidad 40 pueden contribuir al ahorro pensionario y a la acumulación de semanas, pero sus efectos no son iguales a los que puede tener el salario promedio en el cálculo de una pensión de la Ley 73.
Por ello, antes de contratar el esquema, conviene analizar si las aportaciones previstas representan un beneficio suficiente para la situación de cada trabajador.
Las nuevas inscripciones deberán hacerse por medios digitales
Las disposiciones también establecen que las nuevas incorporaciones se tramiten exclusivamente mediante los mecanismos digitales habilitados por el IMSS.
El Instituto deberá ajustar sus sistemas para facilitar los registros y permitir el seguimiento de los movimientos afiliatorios.
Además, el acuerdo contempla un periodo de seis meses para analizar el impacto financiero de la Modalidad 40 y preparar una propuesta de modificación normativa que será sometida a consideración del Consejo Técnico.
Por ahora, la modalidad continúa vigente; los cambios modifican las condiciones para nuevas incorporaciones y establecen medidas temporales.

El IMSS modificó las reglas de la Modalidad 40: las nuevas incorporaciones tendrán límites salariales y ya no podrán realizarse con efectos retroactivos.
Especialistas cuestionan la legalidad de las nuevas reglas
La modificación también ha generado cuestionamientos jurídicos.
De acuerdo con El Financiero, el especialista en seguridad social Ricardo Martínez Rojas sostuvo que el Consejo Técnico del IMSS no podría restringir mediante un acuerdo administrativo condiciones que, a su juicio, están previstas en la ley.
El especialista advirtió que cualquier cambio que limite derechos de los asegurados tendría que respetar el marco legal y no perjudicar a quienes ya cotizan bajo condiciones previamente autorizadas.
Estas observaciones representan una postura jurídica sobre el alcance del acuerdo; no equivalen por sí mismas a una resolución judicial que haya declarado ilegales las disposiciones.
¿Qué deben revisar quienes planean pensionarse?
Ante las nuevas reglas, quienes contemplan utilizar la Modalidad 40 deben revisar su régimen pensionario, las semanas reconocidas por el IMSS, el salario base registrado al momento de la baja y el costo total de las aportaciones.
También es importante verificar los requisitos de incorporación y el tiempo transcurrido desde la baja del régimen obligatorio.
La decisión no debe basarse únicamente en la promesa de obtener una pensión más alta. Lo recomendable es comparar las aportaciones que se realizarían con el beneficio pensionario estimado y solicitar orientación especializada cuando existan dudas sobre los derechos aplicables.
Los cambios no eliminan la Modalidad 40, pero sí modifican las condiciones bajo las cuales nuevas personas podrán incorporarse. Para quienes están próximos al retiro, conocer las reglas vigentes puede ser determinante para evitar decisiones costosas o expectativas que ya no correspondan al esquema actual.
